jueves, 23 de julio de 2009

Análisis de algunos artículos de ProReforma

Mi análisis de la propuesta se centra en aspectos operativos y logísticos de las reformas. Trato de evitar el análisis ideológico, que creo incompatible con una sana discusión. Del mismo modo, dejo el análisis jurídico a los expertos en teoría constitucional.

Creo que la reforma propuesta tiene una falencia fundamental: en su intento de ser general y abstracta, deja múltiples resquicios que pueden ser utilizados, para bien o para mal, por partes interesadas. En este sentido, me inclino por seguir las enseñanzas de uno de mis maestros, el Dr. Skinner-Kleé, quien siempre trataba de prever las posibles consecuencias de la normativa constitucional a largo plazo.

A continuación, expongo observaciones sobre artículos específicos de la propuesta de ProReforma:

Artículo 157: No hay claridad ni contundencia en la separación de funciones de la Cámara de Diputados y el Senado. La redacción se presta a confusión y, por supuesto, a múltiples interpretaciones posteriores de estas funciones.

Artículo 162: Se eleva la edad mínima de los diputados a 30 años de edad. Aún cuando en general se puede asumir que hay más experiencia y capacidad, esta no es una norma universal. Los jóvenes de 18 años pagan impuestos, pueden potencialmente defender a la nación, están sujetos a la ley y pueden establecer contratos y poseer propiedad. ¿Por qué negarles el acceso a la Cámara de Diputados? Usted recordará, Don Julio, la experiencia de la Asamblea Constituyente, en la que algunos diputados jóvenes tuvieron participación más destacada y provechosa que otros diputados que excedían, por mucho, los 30 años de edad.

Artículo 165: Promueve la ingobernabilidad con su inciso f)4, según el cual, con la sola “denuncia fundamentada” de corrupción del Presidente, el Congreso de la República deberá destituirlo de su cargo. Esto atenta contra el derecho individual consignado en el Artículo 14, en el que se define la presunción de inocencia de cualquier persona “hasta que no se le haya declarado responsable judicialmente”.

Artículo 167: Limita la Cámara de Diputados a 80 diputados. Mi pregunta es, ¿En base a qué se alcanzó esta cifra mágica? ¿Por qué no 40, 30 o 60 diputados? La Constitución en vigor especifica 23 diputados como mínimo (uno por distrito). La cifra para representación popular en cada distrito se encuentra definida en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la que es susceptible de modificación por el Congreso de la República para reducir el número de diputados.

Artículo 168: Propone la revocación del mandato presidencial con la solicitud de cien mil ciudadanos inscritos. Es muy fácil, para un partido político medianamente organizado a nivel nacional, conseguir cien mil firmas. Del mismo modo, esta reforma hace muy fácil para un partido político de oposición realizar solicitudes anuales de revocatoria del mandato presidencial y paralizar la administración pública.

Artículo 171: Menciona 45 senadores, de los cuales 3 serán electos anualmente entre los ciudadanos de 50 años a nivel nacional para un período de 15 años. Estos senadores serán nominados por los partidos políticos existentes –no se indica de otra manera-. Las elecciones para dichos cargos serán a nivel nacional. En la práctica de esta propuesta me pregunto: ¿Cuánto costarán estas nominaciones en pago a los partidos políticos? ¿Cuánto costará una campaña política a nivel nacional, aún cuando solamente sea dirigida a los electores de 50 años? ¿Quiénes, en las actuales circunstancias contarán con los fondos para “comprar” una candidatura y realizar una campaña mediática a nivel nacional? ¿Contratistas del estado, narcotraficantes, miembros de conglomerados empresariales? ¿Qué posibilidades deja esto a los ciudadanos de a pie, sin dinero y con buenas intenciones?

Artículo 175: Jerarquía de la ley y los tratados internacionales de derechos humanos ¡Me asombra la rapidez con la que olvidamos algunos hechos históricos! En el contexto de la Constituyente de 1984-5, vivimos una época en la que se violaron masivamente derechos fundamentales (vida, propiedad, libre locomoción, expresión, etc.). Por ello, se homologaron los tratados referentes a derechos humanos con la Constitución de la República. El inciso 2) de la reforma propuesta reduce la jerarquía legal de estos tratados. Es un paso atrás.

Artículo 177: En su último párrafo, elimina las revisiones de estilo (que deben ser estrictas y restringirse a potenciales errores ortográficos y de redacción para dar claridad a la ley).

Artículo 180: La Ley y los Decretos Legislativos durarán diez años. Esto no es posible en ciertos casos dado nuestro sistema legal. Si una persona se casa bajo un determinado Código Civil que expira en 10 años, ¿Sigue casada si cambia el Código? ¿Y que pasa si no se re-aprueba el nuevo Código Civil en el plazo determinado? ¿Qué pasaría con los contratos si cambia el Código de Comercio? ¿Y los crímenes castigados bajo un Código Penal?

Artículo 185: Permite que personas nacidas en el extranjero accedan a la Presidencia de la República ¿Presidentes extranjeros? Tenemos convenios de doble nacionalidad con varios países. Si se aprobara esta reforma, podríamos tener un Presidente de Guatemala con ciudadanía estadounidense, salvadoreña, nicaragüense, hondureña, etc. ¿A cual de sus dos países le debería lealtad en el cumplimiento de sus funciones de política exterior?

Artículo 223: Este artículo estipula la realización de consultas populares en casos que afecten la “vida, la libertad y la propiedad de las personas”. Esto manda la constante realización de consultas populares o, en caso contrario, a la paralización del estado, incapaz de ejecutar políticas que afecten la vida, la libertad o la propiedad de las personas. Ejemplo: En caso de manifestaciones públicas en un municipio contra decisiones de las autoridades. El ejecutivo podría disponer decretar un estado de excepción. Éste afecta varias libertades individuales (manifestación, locomoción, reunión, expresión). Por lo tanto, la sanción del estado de excepción deberá, de acuerdo a este artículo, ser consultado popularmente antes de ejecutarlo. En este hipotético caso, este artículo limita la capacidad de restablecimiento del orden público. Del mismo modo, en caso de una catástrofe natural (y por nuestra posición geográfica, estamos en un área del mundo muy expuesta a terremotos, inundaciones y huracanes) no se podrá establecer estados de excepción sin previa consulta popular.

Artículo 227: Gobernadores electos. En este caso, le recuerdo que propuse y voté por esta propuesta. Sin embargo, la elección de gobernadores debe incluir, no solamente el presupuesto para el funcionamiento de la gobernación, como indica este artículo. El artículo propuesto debería incluir los gastos de un gabinete local que descentralice efectivamente la administración pública en los aspectos fundamentales del gobierno local (seguridad, educación, salud, etc.). De otra manera, los gobernadores siguen siendo figuras decorativas, cuyas atribuciones se limitan a la inauguración de obras, de ferias y la investidura de las reinas de belleza locales.

Artículo 237: Indica que no podrá aprobarse un presupuesto deficitario. En este caso, deben preverse todas las posibilidades. Cuando propuse en la Asamblea Nacional Constituyente que el presupuesto debería de ser balanceado, el Dr. Skinner Kleé argumentó, en mi contra –y con razón- la posibilidad de catástrofes naturales, guerra o estados calamitosos en el territorio nacional, cuando la inversión pública es necesaria para la reconstrucción o defensa del país.

Creo que, en general, la propuesta de ProReforma tiene buenas intenciones. Sin embargo, también tengo la impresión que las personas que las elaboraron no previeron algunos de los alcances potenciales de la misma. El legislador constitucional requiere esta visión a largo plazo de los efectos de su legislación. Es importante escuchar propuestas contrarias, analizar otras opciones y meditar cuidadosamente el impacto de la ley.

En el momento actual, considero que es preferible no tocar la Constitución. Más importante es su divulgación y cumplimiento pleno.

A corto plazo, se pueden cambiar algunos aspectos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, tales como la elección uninominal en los distritos, modificar la cifra que determina el número de diputados por distrito, permitir la nominación de candidatos al Congreso de la República por comités cívicos y mejorar el financiamiento y la supervisión de los partidos políticos. Esto mejoraría sustancialmente el estado de cosas.

Desafortunadamente, la iniciativa de ProReforma, que incluye algunas modificaciones beneficiosas, deberá ser aprobada o improbada en su totalidad. Creo que, por las razones expuestas anteriormente, será improbada in toto por la Comisión respectiva del Congreso de la República.

lunes, 13 de julio de 2009

A 60 días del asesinato de Rosenberg...

Hasta ahora, no escribí comentarios sobre el internacionalmente famoso caso del asesinato del Licenciado Rosenberg. Creí, en su momento, que hacía falta mucho por conocer del caso, del contexto y de los posibles motivos para este hecho.

En el video que dio la vuelta al mundo y se volvió noticia internacional, Rosenberg acusó a priori de su asesinato, identificándolos con nombre y apellido, a Alvaro Colom, a la Sra. Torres de Colom, a Gustavo Alejos, secretario privado de la presidencia, a Gregorio Valdés, financista de la campaña y a personas vinculadas con Banrural, ANACAFE y las cooperativas cafetaleras representadas en dicha entidad.

A 60 días de su asesinato, surgen algunos elementos que alteran la percepción inicial del crimen.

Rosenberg, el abogado asesinado a balazos afuera de su residencia en la zona 14, tenía vínculos con empresas proveedoras del estado. Sus empresas proveedoras habían iniciado recursos legales para detener la adjudicación de un jugosísimo contrato (Q862 millones) para la prestación del servicio del Documento Unico de Identidad por parte del RENAP. Su principal competencia era una empresa a quien se le adjudicó el contrato, propiedad, al menos parcialmente, de Gregorio Valdés, conocido por ser financista de la campaña electoral de Alvaro Colom.

Opción 1 ¿Lío entre competidores para la proveeduría del estado en este país donde los conflictos comerciales se dirimen a tiros por el escaso desarrollo de un sistema de justicia apegado al estado de derecho?

Surgen también otros elementos que señalan posibles motivos para este crimen en ANACAFE, en personas representantes de las cooperativas cafetaleras afiliadas a esa entidad y a conflictos por el manejo de jugosos fideicomisos para el fomento de la caficultura.

Opción 2 ¿Lío entre competidores por la administración de los fideicomisos de fomento de la caficultura?

La vinculación entre el asesinato de Rosenberg y los anteriores asesinatos de los Musa también es evidente. Personas integrantes de altos mandos de Banrural se reunieron con el Sr. Musa para expresarle las anomalías percibidas dentro de esa institución. Banrural es un banco enorme en el mercado local (aquí debemos mencionar su beneficioso impacto social por sus programas de microcréditos a nivel nacional). Banrural maneja pagos del estado, fideicomisos y préstamos para financiar a empresas proveedoras del estado. ¿Qué supo el Sr. Musa de los negocios fraguados entre Banrural y proveedores del estado o fideicomisos administrados por ese Banco?

Opción 3 ¿Líos entre personas que hacen negocios con el estado y con Banrural?

La CICIG ya expresó de manera oficial que el crimen del Licenciado Rosenberg tiene muchas aristas y que todas ellas merecen una investigación adecuada, incluyendo auditorías forenses a cargo de expertos.

No nos queda más que esperar resultados, porque la gestión de la CICIG será evaluada por la opinión pública guatemalteca en base a lo que esclarezcan en este caso.

Veremos que pasa...

viernes, 3 de julio de 2009

La crisis política en Honduras...

Preguntémonos, ¿Qué pasa en Honduras?

En mi humilde opinión es un fenómeno político que indudablemente se sitúa en la categoría de la lucha de contrarios, de grupos con intereses políticos, económicos y sociales muy diferentes. Por un lado, está la oligarquía hondureña que, como en cualquier parte se sirve la mayor tajada del pastel (Guatemala es un ejemplo obvio, pero aún en la "soñada Cubita" la nomenklatura tiene acceso a condiciones de vida notablemente superiores a las del resto de la población).

Sin embargo, el proyecto de nación de la oligarquía hondureña tiene el apoyo de alguna porción de la población, por la razón que sea. En nuestro país, por ejemplo, y al contrario de lo que constantemente se menciona, el 48.5% de la población pertenece según datos del UNDP (Programa de Desarrollo de las Naciones Unidas) al estrato medio. En Honduras, estos datos deben, indudablemente, ser similares. Esta es gente vive razonablemente bien, para el "estándar" mundial. Por esta razón, no hay que descartar la posibilidad que el proyecto político encabezado por la oligarquía hondureña recibe el apoyo de muchas personas de la clase media e inclusive, de los estratos socio-económicos más bajos.

Volviendo al ejemplo de Guatemala, en nuestro país por un sinúmero de razones, la izquierda no ha pasado en procesos electorales libres, ni aún sumando los "puchitos" que sacan todos, de un 11% del voto general. Somos una sociedad profundamente conservadora, desconfiada del cambio y de ideas novedosas para lograr el desarrollo. Todo político deberá tomar esto en cuenta.

Por el otro lado, en Honduras se abrió un espacio "social". Un presidente -Zelaya- que asumió la presidencia desde otra plataforma ideológica y programática. Aparentemente, Zelaya "vio la luz" durante su mandato y se transmutó ideológicamente. Por cierto, en mi opinión toda persona tiene todo el derecho del mundo a cambiar de ideología y de opinión. Para obtener apoyo político, buscó aliados en la izquierda continental. Indudablemente, este cambio ideológico y del espectro político causó escozor a sus antiguos aliados, quienes pasaron a formar parte de su oposición más recalcitrante.

La verdad sea dicha, más que hablar, Zelaya no hizo mucho en el campo social durante su gobierno. Su cambio fue más de tipo postural, ideológico, para consumo político. El programa de transferencias condicionadas que ejecutó no ha tenido aún mayor impacto como no lo tuvo tampoco el incremento de los salarios mínimos. Políticamente, sin embargo, siguió los pasos de algunos de sus aliados latinoamericanos: manifestó su interés por la re-elección y tomó algunos pasos encaminándose hacia ese fin.

La "encuesta" que Zelaya trató de hacer fue prohibida por las instancias legales hondureñas, incluyendo el Congreso, la Corte Suprema, el Tribunal Electoral y fue desaprobada por fuertes sectores de la sociedad civil, incluyendo a la Iglesia Católica, las Iglesias Evangélicas, la PDH de Honduras y TODOS los partidos políticos.

Al prohibírsele la "encuesta", Zelaya dijo, para expresarlo en lenguaje llano, "este macho es mi burra" y ordenó al ejército organizar la logística para la consulta. El ejército rechazó cumplir esa orden (siguiendo el principio, internacionalmente aceptado desde la II Guerra Mundial de no cumplir órdenes manifiestamente ilegales). Zelaya destituyó al Jefe de Estado Mayor. Este apeló a la Corte Suprema y ésta dictaminó que debería ser restituido a su puesto. Zelaya, entonces, entró con una turba al recinto militar en el que guardaban el material electoral para la "encuesta" y lo confiscó para organizar por su cuenta este evento.

En consecuencia y, habiendo llegado al punto de rompimiento, horas antes de la "consulta", entró a la residencia particular de Zelaya un grupo de militares, lo detuvo tras amenazarlo y lo expulsó del país hacia Costa Rica.

El resto de la historia, ya la conocemos, un nuevo presidente fue nombrado por la unanimidad del congreso, se hizo un bloqueo internacional a Honduras, se realizan destacados esfuerzos diplomáticos para colocar a Zelaya nuevamente en el poder, hubo una condena universal del golpe de estado.

¿Fue un golpe de estado? SI, lo fue. Si los opositores hubieran seguido el camino correcto y legal y, en lugar de expulsarlo del país lo hubieran conducido a un centro de detención para procesarlo por los delitos en los que había incurrido, otro gallo les hubiera cantado. Hubiera sido un acto legal, legítimo, encarcelando a un presidente que rompió la ley tratando de utilizar el poder para su beneficio político, desconociendo los mandatos constitucionales. Cabe imaginarse lo que pasaría en nuestro país si a "lombricita janana" se le ocurriera hacer todo lo que trató de hacer Zelaya, creo yo que no dura ni el primer intento de anuncio de la "encuesta").

¿Puede la presión internacional restituir a Zelaya? No lo sé. Ambas partes tendrán que llegar a un acuerdo. Si Honduras realiza sus elecciones dentro de 6 meses, como está anunciado y asume un nuevo presidente, se acaba la presión externa, la amenaza de sanciones, embargos o bloqueos y, en efecto harían "borrón y cuenta nueva". Sin embargo, Honduras no está en las condiciones de soportar un bloqueo de este tipo durante 6 meses.

Los próximos días son claves. Lo importante es llegar a una solución negociada, que tome en cuenta a ambas partes y, lo más importante, el bien de todos los hondureños que se quejan ya de la escasez de algunos víveres importados de Guatemala.

Honduras no es sólo la oligarquía, como tampoco lo es exclusivamente de los pobres. Honduras, como cualquier sociedad, se compone de un sinnúmero de personas, de todos los géneros, clases sociales y razas, cuyos derechos merecen respeto dentro de cualquier arreglo.

¡Ah, se me olvidaba! Espero que cualquier arreglo negociado ignore los rabiosos insultos que un lado dedica al otro. Esta no es una lucha de gorilas contra orangutanes. Esta es una disputa entre seres humanos. Espero que la razón predomine y se pueda hacer una síntesis dialéctica para culminar esta fase de lucha de contrarios.